AYUDAS DESTINADAS A NUEVOS PROYECTOS EMPRESARIALES DE EMPRESAS INNOVADORAS “PROGRAMA NEOTEC” EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
ORDEN CIN/373/2022, de 26 de abril
Enlaces Convocatoria 2023 y Extracto
- OBJETO CONVOCATORIA: Apoyar la creación de empresas de base tecnológica con vocación de crecimiento, contribuir al emprendimiento y acelerar la transferencia de conocimiento desde organismos de investigación públicos y universidades.
- FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN: desde el 28 de febrero hasta el 20 de abril de 2023, a las 12:00 del mediodía.
- DOTACIÓN ECONÓMICA: 000,00 € (de los cuales 5.000,00€ destinados a empresas lideradas por mujeres)
- BENEFICIARIOS:
- Pequeñas empresas innovadoras, con residencia fiscal en España.
- Tres años de antigüedad máximo, a fecha 20/04/2023 contados desde fecha de otorgamiento de escritura de constitución
- La fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa deberá ser al menos de seis meses anterior a la fecha de cierre de plazo de presentación de solicitudes de la ayuda.
- Capital social mínimo: 20.000,00 €. Inscrito en registro antes de solicitud.
- CONCURRENCIA COMPETITIVA
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- INTENSIDAD Y LÍMITE MÁXIMO DE CONVOCATORIA:
- Se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de 250.000 € por beneficiario.
- En actuación que incluyan contratación laboral de al menos un doctor, se podrá financia hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de 325.000,00 € por beneficiario.
- La cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000,00 € en las actuaciones que se hayan solicitado la formación prevista en la convocatoria y cumplan todos los requisitos indicados.
- Tras dictarse la resolución de concesión definitiva, el beneficiario podrá solicitar el pago anticipado de hasta el 60% de la subvención concedida para el proyecto, con un máximo de 000 €
- CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO:
- Presupuesto mínimo financiable: 000 €
- Actuaciones plurianuales. Deberán iniciarse en 2023 y finalizarse como máximo el 31 de diciembre de 2024.
- Las actuaciones deberán respetar el principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH) lo que comporta el cumplimiento de condiciones específicas.
- GASTOS SUBVENCIONABLES:
- Inversiones en equipos.
- Gastos de personal (gastos relacionados con los investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, dedicados al proyecto o actividad pertinente)
- Colaboraciones externas/asesoría.
- Otros costes (alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados…)
- Los gastos derivados del informe del auditor de la presente convocatoria (límite máximo de 2.000,00 €)
- La subcontratación podrá alcanzar hasta el porcentaje máximo del 50% del presupuesto financiable
- OTROS DATOS DE INTERÉS:
- Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. Sin embargo, no se adecúan a esta convocatoria los modelos de negocio que se basen principalmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.
- Se financiarán los costes derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo.
- Las ayudas serán incompatibles con cualquier otra ayuda NEOTEC previa o posterior, así como con cualquier otra ayuda concedida por las Comunidades Autónomas que declare expresamente incompatibilidad con las ayudas NEOTEC.