
El Tribunal Supremo refuerza las deducciones fiscales por Innovación Tecnológica en proyectos de software
Una reciente sentencia del Tribunal Supremo, dictada el 9 de octubre, marca un hito significativo para las empresas que desarrollan proyectos de software, especialmente aquellas que aplican deducciones por Innovación Tecnológica en software. Esta resolución fortalece la seguridad jurídica de las deducciones fiscales vinculadas a la I+D+i, al reconocer como vinculantes los informes emitidos por el Ministerio de Ciencia e Innovación (MCIN) frente a los criterios internos de la Agencia Tributaria (AEAT).
¿Qué ha resuelto el Tribunal Supremo?
El fallo establece que los informes del MCIN tienen carácter vinculante, lo que significa que la Agencia Tributaria no puede cuestionar ni la calificación de los proyectos como innovación tecnológica ni los gastos e inversiones asociados aprobados por dicho ministerio. Esto supone un cambio de gran relevancia para el ecosistema de innovación español, ya que ofrece una mayor certeza a las empresas que buscan beneficiarse de los incentivos fiscales asociados a la IT.
Un cambio frente a resoluciones anteriores
La sentencia anula resoluciones anteriores de la AEAT, donde se denegaban deducciones fiscales aun existiendo informes favorables del MCIN. La Agencia había fundamentado estas denegaciones en informes internos del denominado Equipo de Apoyo Informático (EAI), los cuales, según el Supremo, carecen de independencia y no pueden considerarse pruebas válidas.
Esta aclaración judicial es especialmente importante, ya que en muchos casos anteriores, la falta de independencia de estos informes generaba conflictos y devoluciones económicas injustificadas a empresas innovadoras. Ahora, se refuerza el papel del MCIN como autoridad evaluadora y se limita el margen de actuación discrecional de la AEAT.
Implicaciones de la sentencia para las empresas tecnológicas
La resolución representa una victoria significativa para las compañías que invierten en software con fines innovadores, ya que:
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Se garantiza mayor seguridad jurídica en la aplicación de deducciones fiscales.
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Se reconoce el valor de los informes técnicos del MCIN como documentación definitiva.
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Se reduce el riesgo de inspecciones tributarias con interpretaciones arbitrarias por parte de la AEAT.
Este avance jurídico es especialmente relevante para las pymes y startups del sector tecnológico, que en muchas ocasiones encuentran en las deducciones por iT una vía clave para sostener su inversión en innovación.
¿Qué ocurre con los informes emitidos después de 2014?
La sentencia hace referencia a informes emitidos hasta el año 2014. A pesar de ello, su repercusión se espera a medio y largo plazo, especialmente en el modo en que la AEAT actuará en ejercicios posteriores. Las empresas deberán estar atentas a cómo se adapta la normativa fiscal a esta interpretación del Supremo, y qué posición adoptará la administración en casos similares a partir de ahora.
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